El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Julio César Castaños Guzmán, explicó que la Ley 15-19 sobre Régimen Electoral establece cuál es el procedimiento que la entidad debe de seguir en cuanto al caso de Hugo Beras, quien presentó renuncia a su candidatura a la alcaldía del Distrito Nacional.

“La ley establece el procedimiento, una vez ya conformadas las boletas, las mismas no se pueden modificar. En esas eventualidades, en esos espacios las sumatorias corresponderían a la persona quien lo sustituya”, expresó Castaños Guzmán en declaraciones a la prensa.

La Ley 15-19 en su artículo 146, párrafo dos, establece que si la muerte, renuncia, inhabilitación o rechazo de uno o más candidatos ocurriere cuando ya no fuere posible imprimir en las boletas los nombres de los candidatos designados para reemplazarlos, los votos que sean emitidos a favor de los candidatos muertos, renunciantes, inhabilitados o rechazados serán computados en favor de los nuevos candidatos propuestos por el partido político correspondiente.  

El vocero del dirigente político Hugo Beras, confirmó este lunes que renunció a la candidatura a la Alcaldía del Distrito Nacional por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD).