SANTO DOMINGO. El presidente Danilo Medina emitió este jueves el decreto 51-19 que declara de utilidad pública y de interés social los terrenos necesarios para la construcción y puesta en ejecución de la segunda línea del Teleférico de Santo Domingo.

El área declarada de utilidad pública corresponde a una franja de terreno de 14.3 kilómetros de largo y destaca que en caso de que existan estructuras localizadas bajo el sistema de cables de la Línea 2 del Teleférico, no podrán superar la altura que poseen.

De acuerdo al decreto, las nuevas construcciones en esta área, deberán contar con una altura máxima de 7 metros sobre el nivel del terreno.

Asimismo, a partir de ahora, se limitará el acceso a los techos de las edificaciones que superen los tres niveles, es decir, 9.5 metros para evitar interferencias con el funcionamiento del Teleférico.

Sectores que se beneficiarán con esta construcción

El decreto destaca que la construcción de esta segunda línea del Teleférico beneficiará a la parte occidental del Gran Santo Domingo que cubre los distritos municipales de Pantoja y Los Alcarrizos, en el municipio Los Alcarrizos, así como los sectores Manoguayabo, Alameda, Las Caobas, Villa Aura, Las Palmas de Herrera y Buenos Aires de Herrera, en el municipio Santo Domingo Oeste.

Beneficiará además los sectores Los Peralejos, Palma Real, Los Girasoles, Altos de Arroyo Hondo y Los Ríos en el Distrito Nacional.

A continuación decreto íntegro:

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